¿Tengo derecho a recibir el importe de la señal que abonó el inquilino?
Sí, podemos entregarle una parte de la señal, pero después de:
- transcurridas 24 horas desde la recepción de la señal
- deducir los gastos del alquiler (1x % + 50 DH/N).
Plazos de transferencia — contrato de gestión (propietario)
- El propietario se obliga a facilitar a la empresa un RIB correcto; cualquier retraso debido a un error en los datos no se imputa a la empresa.
- Los días 1 y 15 de cada mes se agrupan los importes adeudados derivados de las operaciones de alquiler diario y se transfieren a su cuenta bancaria, adjuntando el detalle de las transferencias en una página específica que se comparte con el propietario y que incluye todas las transferencias nuevas, antiguas y pendientes.
- Deducción de 50 dírhams por cada operación de reparación o desplazamiento, sobre las cantidades adeudadas.
- Las cantidades del alquiler mensual se transfieren de lunes a viernes.